La Propiedad Horizontal regula la convivencia y el uso de las comunidades según la Ley 49/1960. Para evitar conflictos, es fundamental contar con documentación clara y actuar conforme a los acuerdos de la Junta.
Ámbitos de actuación:
Impagos de cuotas.
La morosidad afecta al presupuesto. Se revisan actas y, si la documentación está en regla, se inicia el monitorio; si no, debe regularizarse antes.
Conflictos de convivencia.
Ruidos o usos indebidos suelen requerir un requerimiento previo y, cuando procede, acuerdo expreso de la Junta para respaldar la actuación.
Obras en elementos comunes o privativos.
Se valora si afectan a estructura o seguridad, revisando estatutos y acuerdos previos. La tolerancia prolongada de la comunidad puede consolidar derechos.

Filtraciones y humedades entre viviendas.
Para determinar responsabilidades es esencial un peritaje. Sin prueba técnica, la reclamación se basa en conjeturas. Se analiza si el origen está en un elemento común, privativo o una instalación individual.
Defensa jurídica de la comunidad.
Representación cuando la comunidad actúa como demandante o demandada. Es necesario que el presidente tenga legitimación y que el acuerdo conste en acta con el quorum legal.
Ejecución de acuerdos de Junta.
Un acuerdo es ejecutable si se ha notificado a todos, no ha sido impugnado en plazo y cumple las mayorías del art. 17 LPH. Si alguno de estos requisitos falla, la ejecución puede impugnarse y retrasar el procedimiento.

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